Talleres

Martes, 27/07/10
  • Comentarios
  • Enviar a un amigo
  • Imprimir

CONEPA recuerda que los talleres no están obligados a contratar seguros de responsabilidad ambiental

Algunas empresas de seguros los ofrecen argumentando una supuesta obligatoriedad legal

CONEPA recuerda que los talleres no están obligados a contratar seguros de responsabilidad ambiental
La Ley 26/2007 de Responsabilidad Ambiental no obliga, de momento, a contratar un seguro sobre esta cuestión.

La Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción, CONEPA, está enviando a sus asociaciones miembros un informe que resume los puntos legales fundamentales que debe conocer el taller a la hora de contratar un seguro de responsabilidad ambiental.

Este comunicado tiene como objetivo recordar a los talleres que no están obligados a contratar seguros de responsabilidad ambiental ya que la Ley 26/2007 de Responsabilidad Ambiental instaura un nuevo régimen de responsabilidad cuyo objetivo prioritario (no obligatorio) es la prevención de los daños ambientales así como la reparación de posibles efectos negativos causados por ellos. Así mismo, es una reacción ante la actuación de algunas corredurías y empresas de seguros que han argumentado una supuesta obligatoriedad de contratar seguros de responsabilidad ambiental.

CONEPA también explica que para poder establecer una garantía financiera (imprescindible para emitir una póliza correcta que dé cobertura adecuada a los posibles daños) es necesario realizar previamente un análisis de riesgo medioambiental del taller, que debe ser verificado por las Comunidades Autónomas. A día de hoy, esto no es posible ya que ni se han aprobado las Órdenes Ministeriales que van a establecer la metodología para llevar a cabo este análisis de riesgo ni las Comunidades Autónomas tienen aún designadas las competencias al respecto. Por otra parte, es posible que, tras realizar el análisis de riesgo ambiental cuando se tengan las herramientas para ello, se evalúe que el valor económico de los posibles daños ambientales generados no alcance el mínimo definido por la Ley para tener obligación de contratar un seguro.

Como conclusión, la Federación considera que esta cuestión es un ejemplo más de las excesivas obligaciones económicas y burocráticas que soporta el taller.

 

Deja tu comentario