Distribución

Viernes, 30/07/10
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CIRA presentará el proyecto InCIRAsol

Proporcionará, mediante un acuerdo firmado recientemente, informes, servicios de vigilancia activa, repago, etc.

CIRA presentará el proyecto InCIRAsol

El próximo 21 de septiembre, CIRA, la patronal catalana de los distribuidores de recambios, convoca en su sede de Barcelona a sus socios a una Jornada Informativa.

Seguridad en la relación comercial con nuevos clientes

En la Jornada se presentará el proyecto InCIRAsol por el que, mediante el acuerdo firmado por CIRA con Risk Juridic, de Sabadell, Barcelona, los asociados a la patronal tendrán acceso a un paquete de servicios entre los que figuran los informes de potenciales nuevos clientes, mediante el password de acceso (concedido a aquellas empresas que hayan firmado un contrato con una cuota anual muy asequible) a la base de datos alojada en la zona intranet de la página web de la empresa.

La base de datos disponible permite la consulta de los informes de los candidatos a nuevos clientes, que se han ido recopilando tras un año de elaboración de informes gratuitos, gracias a la cooperación de algunas empresas de CIRA en el piloto del proyecto, que ha tenido un gran éxito y que se irán incrementando con la participación de más asociados.

Además, el paquete ofrece servicios de vigilancia activa, servicios de repago y procedimientos judiciales, caso de ser necesarios.

Leyes de pagos

En la Reunión, un responsable de la entidad financiera La Caixa explicará las disposiciones legales en lo que a pagos se refiere.

Por un lado, explicará los entresijos de la Ley 16/2009 del 13 de noviembre, sobre servicios de pago y que regula los aspectos de derecho a devolución que tiene el destinatario de un recibo; los términos de la ley hablan de un plazo de hasta 8 semanas en aquellos casos en los que se dio autorización sin especificar el importe exacto y si, además, el importe del recibo supera lo que razonablemente se podría esperar teniendo en cuenta las pautas anteriores de gasto. Este plazo se amplía a 13 meses cuando la domiciliación no está autorizada. La adaptación de estos aspectos a la compensación interbancaria implica para el emisor de recibos la necesidad de tener siempre en su poder la autorización firmada por el deudor a quien se gira el recibo.

Por otro lado, hablará de la ley para combatir la morosidad (que se instauró con su publicación en el BOE en fecha Ley 3/2004 de 29 de diciembre) y que ha sido modificada recientemente por la Ley 15/2010 de 5 de Julio y publicada en el BOE en fecha 6 de Julio de 2010, por lo que son vinculantes desde ese mismo momento.

 Básicamente el gran elemento que introduce esta ley es que elimina el anterior "pacto entre las partes". Por otro lado, el sector público debe responder a sus plazos de pago en un máximo de 30 días siendo aplicable este aspecto desde fecha 01 de enero de 2013.

Las empresas mercantiles deberán pagar a sus proveedores en un plazo máximo de 60 días que "no podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes". La aplicación seguirá un proceso gradual de implantación que deberá culminar el 01 de enero de 2013 en que será de obligatorio cumplimiento.
Siendo los plazos - Hasta 31 de diciembre de 2011 - 85 días; Año 2012 - hasta 75 días; Desde 01 de enero de 2013 - 60 días máximo.

 

Viernes, 30/07/10 Carmelo J. Pinto (ESplugues de Llobregat)
He estado ayer en la reunión y fue una grata sorpresa para todos, podría decir que muy interesante
Viernes, 30/07/10 Yvonne Rubio (Barcelona)
Sí, Carmelo, es una iniciativa interesante. Gracias por manifestarte en este espacio. Creo que a otros colegas tuyos, presentes en la misma reunión, la idea también les interesó. Comunicar malas prácticas "sanea", y cuando hay que afinar mucho, esa "salud" es fundamental; y eso lo comentaba no hace mucho...claro que se hablaba del mismo tema pero con diferentes protagonistas: un fabricante que se refería a algunos distribuidores. La seriedad en el sector abunda. Pero tener ese paraguas no está de más.
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